Contraloría puso fin al sueño del "supermercado popular" en Toco
Un duro revés sufrió el "supermercado popular" que el municipio de Tocopilla estaba impulsando, ya que Contraloría General de la República se pronunció al respecto y determinó que no procede que la entidad edilicia implemente un recinto de este tipo, por tratarse de una actividad ajena a sus funciones.
El dictamen N°24159 de fecha 31 de marzo y firmado por el contralor general Jorge Bermúdez, indica que "las entidades edilicias son corporaciones autónomas de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya finalidad es satisfacer las necesidades de la comunidad local", pero esa autonomía no es absoluta, sino que tiene limitaciones.
Según indica el dictamen, para el supermercado popular, el artículo 11 de la Ley Orgánica de Municipalidades (N°18.695) es determinante, ya que señala "Las municipalidades podrán desarrollar actividades empresariales o participar en ellas sólo si una ley de quórum calificado las autoriza". Lo mismo afirma el artículo 19, N° 21, de la Constitución.
"No se advierte la existencia de disposición alguna que las faculte para implementar un supermercado, por lo que una actuación en tal sentido se encontraría al margen del ordenamiento jurídico constitucional. Por consiguiente, no se ajusta a derecho el proyecto de supermercado popular que pretende implementar la Municipalidad de Tocopilla, ya que el mismo no se encuadra en ninguna de las funciones que la ley ha entregado a las entidades edilicias", indicó el dictamen de Contraloría".