Redacción - La Estrella de Antofagasta
T res miembros en retiro del Ejército fueron condenados por la Corte Suprema a 15 años y un día de presidio, por su responsabilidad en los homicidios calificados de Nenad Teodorovic Sertic, Elizabeth Cabrera Balarriz y Luis Muñoz Bravo, ocurridos el 15 de septiembre de 1973 en la base aérea Cerro Moreno de Antofagasta.
La Segunda Sala del máximo tribunal, integrada por los ministros Milton Juica, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito, Lamberto Cisternas y Jorge Dahm, condenó en fallo dividido- con el voto en contra de los ministros Künsemüller y Cisternas -a Sergio Gutiérrez Rodríguez, Ricardo Álvarez Jalabert y Carlos Contreras Hidalgo a dicha pena, por su responsabilidad como autores de los tres crímenes.
En el aspecto civil, se condenó al Fisco a pagar una indemnización que asciende a 100 millones de pesos al hijo del matrimonio de Teodorovic y Cabrera.
Detenciones
La investigación judicial, instruida en primera instancia por la ministra en visita Cristina Araya Pastene, estableció que los días 13 o 14 de septiembre de ese año, personal de la Fuerza Aérea de Chile (FACh) de Antofagasta detuvo Luis Alberto Muñoz Bravo en el domicilio ubicado en calle La Concepción N°1687. "A su vez, en una época cercana a la señalada precedentemente, desde el domicilio ubicado en calle Los Almendros N° 8468 detuvieron al matrimonio formado por Nenad Teodorovic Sertic y Elizabeth del Carmen Cabrera Balarriz".
Todos fueron trasladados a la Intendencia Regional de esta ciudad.
Fusilados
Según el fallo, el 15 de septiembre, al atardecer, se ordenó al capitán Sergio Tomás Gutiérrez Rodríguez, comandante de la Unidad de Comandos N° 3 de la Unidad Divisionaria de la Primera División del Ejército, "por un Oficial superior, que su Comando traslade a los tres prisioneros Luis Alberto Muñoz Bravo, Nenad Teodorovic Sertic y Elizabeth del Carmen Cabrera Balarriz al campamento de detención ubicado en la Base Aérea de Cerro Moreno, perteneciente a la Fuerza Aérea de Chile. El Comando integrado por un subteniente, suboficiales y tropa procedieron al traslado de estos prisioneros, en una comitiva formada por tres vehículos, dos jeep y un camión, al que ordenan mantenerse a distancia.
En el trayecto, los jeep se detienen a la altura de la empresa de detonantes, ubicada en el sector La Portada, donde actualmente se ubica la Planta de Explosivos Orica Chile S.A., y por instrucciones de los oficiales, proceden los suboficiales al fusilamiento de los detenidos, causándoles la muerte".
La resolución judicial establece que "añade la Corte de Apelaciones que a la época de los hechos el país se encontraba en estado o tiempo de guerra interna".
Los dos hombres- indica -fallecieron estando de espaldas a quienes les dispararon, a corta distancia. Las víctimas fueron detenidas por la autoridad militar.
Además, precisa que la muerte se debió "a los disparos que les efectuaron miembros de la patrulla del ejército que les conducía, desde la Intendencia de Antofagasta hasta Cerro Moreno. El resultado de la muerte de las víctimas debido a proyectiles balísticos (varios en el caso de los dos hombres y uno respecto de la mujer), solo puede estimarse como perseguido y querido por quienes accionaron las armas de fuego que dispararon".