Caso Descuartizado: aplican duras penas a los culpables
Los cuatro sentenciados recibieron condenas de presidio perpetuo simple, 20 y 18 años de cárcel.
Redacción - La Estrella de Antofagasta
Duras penas recibieron los cuatro ciudadanos colombianos condenados por el crimen de su compatriota Juan Camilo Parra Sanclemente, perpetrado el 21 de junio del año pasado en la población Miramar Central de Antofagasta.
El Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal condenó a Julio Andrés Palacios Perlaza a presidio perpetuo simple, en calidad de autor del delito consumado de homicidio calificado. En fallo unánime, se le aplicaron, además, las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos por el tiempo de la vida del penado y la sujeción a la vigilancia de la autoridad por el máximum que establece el Código Penal, más el pago de costas.
El tribunal también condenó en calidad de autores del delito a Javier Antonio Romero Márquez y Eulicer de Jesús Henao Ríos a penas 20 de años de presidio, mientras que a Anderson Gaviria Arango lo sentenció a 18 años de presidio, más accesorias legales y costas.
Una vez ejecutado el fallo, se le tomarán muestras biológicas a los sentenciados para determinar sus respectivas huellas genéticas e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.
En el juicio intervinieron como querellantes el Centro de Atención a Víctimas de Delitos Violentos y el Ministerio del Interior, que adhirieron a la acusación fiscal, a cargo de Rodrigo Cusó Segura.
El tribunal dio por establecido que el día de los hechos pasadas las horas la víctima, de 19 años, reportó a Carabineros el robo de su teléfono celular. En Sucre esquina Sabella esperó a los funcionarios policiales, a quienes guió hasta el sector del "cuadrado", una construcción sin techo en la que había un ruco y "donde encontraron a los condenados en la causa, sindicados por Parra como los responsables de la sustracción del celular. Ante ello, los policías procedieron registrar el lugar y a los acusados, no logrando ubicar la especie reclamada por Parra. Por lo que no se cursó denuncia alguna, procediendo a retirarse del lugar, al igual que Parra Sanclemente".
Horas después Juan Camilo regresó al sector junto a Palacios Perlaza y Gaviria Arango, donde se encontraban Romero Márquez y Henao Ríos, "no desconfiando de ellos atendido el vínculo que mantenía con algunos, por ser parte del círculo de sujetos con quienes consumía drogas en el sector y con la expectativas de aclarar el incidente previo del celular".
El fallo estableció que fue entonces cuando de manera sorpresiva procedieron "a acometerlo a traición o sobre seguro, con golpes tanto en la cabeza -uno de ellos que fracturó el cráneo- como en la zona nasal y bucal, propinándole múltiples lesiones cortopunzantes en la zona del cuello, una de ellas en la parte anterior, de 20 cms de longitud por 4 cms de ancho que seccionó tráquea y vasos carotideos asimismo, asestaron en la zona torácica tres puñaladas, dos de ellas penetrantes del pulmón izquierdo, finalmente, apuñalaron al menos en dos ocasiones la cavidad abdominal lesionando el hígado y estómago". Dichas lesiones le ocasionaron la muerte a Parra Sanclemente producto de una anemia aguda y shock hipovolémico secundario.
Luego de eso decidieron deshacerse del cadáver y para ello lo seccionaron en dos.
Acto seguido envolvieron los segmentos, los ocultaron dentro de un carro de supermercado y lo trasladaron al costado sur del puerto, arrojándolos al mar.