¿Y SI NO SE PAGA LA MULTA?
Deben ingresar unos $19 millones a la Tesorería General de la República, aunque intereses suben por cada mes que no se paga. SMA detectó ruidos que llegaron a 68 decibeles en un pub.
T res empresas de la región tienen pendiente el pago de las multas que les fueron impuestas por infracciones ambientales, de acuerdo al Registro de Multas Impagas del Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental de la Superintendencia de Medio Ambiente. Todas ellas están en Antofagasta y afectan al edificio residencial Ícono, y los pub "Maldita Barra" y el anteriormente llamado "Arena's". Inicialmente, en total suman más de $19 millones que no han ingresado a la Tesorería General de la República (TGR).
De acuerdo a información de la SMA, solo el Maldita Barra apeló al Tribunal Ambiental, pero deberá pagar igual la multa. Ni el titular de "Arena's pub" (cuya multa fue notificada en julio de 2018) ni el Ícono (febrero 2019) apelaron ni se ha acreditado el pago de la sanción impuesta.
El procedimiento administrativo sancionatorio de la SMA a la Comunidad de Copropietarios Condominio Edificio Ícono Antofagasta comenzó luego de que una vecina denunciara molestias por la emisión de ruidos por el funcionamiento de extractores de aire colindantes con el patio de su vivienda. En 2016 se midió el ruido y se detectó en un análisis que excedía en 5 decibeles el límite de 60 dB, en horario diurno, multándola con 7,5 Unidades Tributarias Anuales (UTA), unos 4 millones de pesos.
A varios meses de la resolución, el representante legal Ricardo Torres señala que desconocen muchos detalles, ya que la persona responsable de dicha época ya no forma parte activa del comité. "Lo más complejo es que una comunidad no cuenta con 5 millones de pesos para pagar una multa", dice.
Torres piensa que fue "abusivo" el monto de la multa, ya que "es sabido que no hay utilidad, no es una empresa" y que el tema es complejo, porque los extractores tienen que funcionar y así fue recibido el edificio, con su recepción municipal al día. "¿Qué tenemos que hacer? ¿Gastar más de lo que la multa dice y contratar un abogado para demandar a la inmobiliaria?", se pregunta.
Sobre 68 decibeles
El "Arena's" fue denunciado por dos vecinos en 2017, señalando ruidos molestos que alteraban su sueño, ocurriendo "especialmente" entre las 2 y las 4 de la mañana. Un funcionario de la Superintendencia fue a medir la presión sonora al antejardín y al living de uno de los denunciantes, y, de acuerdo a la resolución, afuera el ruido era de 68 decibeles, siendo que el límite es de 45. Esto, alrededor de las 3 de la madrugada. La sanción fue alta y fue impuesta en mayo de 2018: 16 UTA (unos $9 millones).
"La Estrella" intentó comunicarse con el titular, e incluso fue dos veces a la dirección donde la SMA lo notificó, pero no fue posible conversar con él.
En tanto, un vecino denunció al "Maldita Barra" aduciendo que la música a todo nivel le afectaban. "El denunciante señala que se habría deteriorado su calidad de vida, puesto que el ruido no le permitiría descansar lo necesario, y le habría generado un nivel de estrés y molestias que afectarían su desempeño laboral como profesor universitario". Tras la medición, se detectaron 56 decibeles, 11 sobre la norma. Se presentó un programa de cumplimiento, pero según la SMA las medidas carecían de "eficacia y verificabilidad", imponiéndose la multa de 10 UTA (aprox. $5,7 millones) en mayo de 2018. El Tribunal Ambiental ratificó la multa en enero.
Juan Pablo Amigo, socio del "Maldita Barra", explica que están a la espera de la aceptación de un plan de cumplimiento ya implementado para mitigar el tema de los ruidos. Amigo muestra el muro, de 7.2 metros de altura y un ensanche extra de 10 centímetros. "Estamos en otro proceso que busca entregar a la ciudadanía un respaldo que nosotros sí estamos dentro de norma y que cumplimos con un plan que nos regulariza".
Sigue subiendo
El fiscal (s) de la Superintendencia del Medio Ambiente, Emanuel Ibarra, explica que cuando se le impone una multa a una empresa, tienen que pagar dentro de los 10 días siguientes, "lo cual ocurre una vez vencido el plazo para interponer la reclamación ante el Tribunal Ambiental correspondiente, o bien, a contar del momento en que ésta haya sido resuelta y la sentencia se encuentre firme y ejecutoriada", explica.
Si la multa se paga después de los 10 días hábiles, hay un interés del 1,5% por cada mes (o fracción de mes) de retraso, y por eso la multa va subiendo exponencialmente (en total la deuda iría por los $23 millones). "En ese sentido, la SMA recomienda pagar la multa a tiempo, y usar el beneficio legal de reducción de 25% del total, en caso que se proceda a pagar y no se presente una reclamación ante el Tribunal Ambiental, y se pague dentro de los 5 primeros días desde notificada la sanción", dice el fiscal (s) Ibarra.
El no cancelarla no involucra otra infracción, dice el fiscal (s) Emanuel Ibarra. Eso sí, la Tesorería General de la República puede hacer el cobro ejecutivo, con orden de embargo, "y las demás acciones referidas al cumplimiento forzado de la obligación de pago", explica. La SMA, cada seis meses, envía a la TGR el listado de multas impagas para hacer los respectivos procedimientos.