El Congreso despachó el proyecto sobre probidad en la función pública, luego que las salas de la Cámara y del Senado aprobaran el informe de la comisión mixta que zanjó las diferencias entre senadores y diputados. De esta forma, la iniciativa quedó en condiciones para ser promulgada, siendo el segundo proyecto de la agenda de probidad y transparencia en ser aprobado, luego de que la semana pasada se despachara la reforma constitucional que da autonomía al Servel.
El ministro de Segpres, Nicolás Eyzaguirre, expresó su satisfacción por la aprobación y recalcó que "es una ley muy profunda, del más alto estándar internacional y permite a la ciudadanía acceder transparentemente a la información sobre los patrimonios y los intereses de los distintos representantes".
El texto determina que las autoridades y funcionarios deberán declarar sus intereses y patrimonio, extendiendo el número de cargos que deben realizar el trámite.
A la vez que se endurecen las multas y sanciones para quienes incumplan la normativa, llegando incluso a la destitución del cargo por infracciones reiteradas a la legislación.
funcionarios
Entre éstos se incluye al Presidente de la República, los ministros de Estado, los subsecretarios, los intendentes, los gobernadores, los secretarios regionales ministeriales, los jefes superiores de servicio, los embajadores, los ministros consejeros y los cónsules; los alcaldes, concejales y consejeros regionales; el alto mando de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública; ejecutivos de las empresas pública, entre otros.
Dicha declaración deberá efectuarse dentro de los 30 días siguientes a la fecha de asunción del cargo y se actualizará anualmente en marzo y 30 días después de concluir sus funciones.
La declaración también deberá comprender los bienes y actividades económicas, profesionales o laborales del cónyuge.
Además, el documento tendrá que comprender los bienes de los hijos sujetos a la patria potestad del declarante y de las personas bajo tutela.
Será la Contraloría General de la República la encargada de fiscalizar la oportunidad, integridad y veracidad del contenido de la declaración de intereses y patrimonio respecto de las autoridades del Ejecutivo.
Según consigna el portal de la Cámara, en el caso del Congreso estarán obligados a la declaración los diputados y senadores, altos funcionarios de ambas cámaras y de la Biblioteca del Congreso Nacional, abogados secretarios de comisiones e integrantes del Consejo Resolutivo de Asignaciones Parlamentarias o el Comité de Auditoría Parlamentaria.
En caso de incumplimiento, las comisiones de Ética de las corporaciones aplicarán una sanción o si la declaración es incompleta o inexacta, teniendo el legislador 10 días para completarla.
De no hacerlo, se aplicará una multa a beneficio fiscal de cinco a cincuenta UTM, descontadas de su dieta. J