Redacción - La Estrella de Antofagasta
C inco años y un día de presidio mayor fue la pena impuesta a un ingeniero antofagastino, quien el 10 de enero del año pasado conducía en estado de ebriedad, atropellando y quitándole así la vida a un joven camino al balneario Hornitos.
La alcoholemia practicada a Gonzalo Humberto Reyes Illanes, de 35 años, arrojó que manejaba con 2,15 gramos por mil de alcohol en la sangre. A causa del hecho la víctima, Luis Agustín Zambra Beltrán, soldador de 28 años, resultó con atricción corporal y desmembramiento, lo que le provocó la muerte.
Por el ilícito, conducir en estado de ebriedad causando muerte, no se le concedieron beneficios y deberá pagar además una multa de 10 Unidades Tributarias Mensuales (UTM). Se le sentenció también a la inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica y el comiso del vehículo con el que provocó el accidente.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que el día de los hechos Reyes Illanes "conducía en estado de ebriedad, la camioneta de su propiedad, marca Dodge, modelo New Ram, de color negro, placa patente DBZJ.16, por la ruta que une la localidad de Hornitos con la carretera B 1, en sentido poniente a oriente, debido a que se encontraba con sus capacidades reactivas y psicomotoras disminuidas por la ingesta excesiva de alcohol, a unos 800 metros antes de llegar a dicha vía principal, no se percató de la presencia en la ruta del afectado".
Zambra Beltrán, agrega el fallo, fue atropellado y arrastrado por 400 metros, "provocándole una atrición corporal y desmembramiento, lesiones que le ocasionaron la muerte".
Según informó el Ministerio Público, en este caso se presentó acusación particular, que complementó la acusación fiscal a cargo de Gonzalo Pino, agregando el delito de no prestar ayuda a la víctima ni dar aviso a la autoridad, por el cual el imputado fue absuelto.
Ley emilia
La acusación de la Fiscalía se sostuvo en lo dispuesto por la Ley Emilia, que agravó las penas para quienes conduzcan en estado de ebriedad y provoquen lesiones que originen la muerte y que además no presten auxilio a las víctimas. La defensa había argumentado que su representado no tenía participación en ninguno de los dos delitos, ya que fue la conducta imprudente de la víctima la que ocasionó el atropello, enfatizando que no existe relación de causalidad entre la supuesta conducción en estado de ebriedad y la muerte del afectado Luis Zambra Beltrán.
Renunciando a su derecho a guardar silencio, Gonzalo Reyes declaró en el juicio que el día de los hechos salió a comer, luego fue al casino y que bebió varios tragos. Dijo que no recordaba nada, ya que despertó cuando dormía en la parte trasera de su camioneta. Tampoco se acuerda si manejaba la camioneta, pero sí que cuando llegó al casino él lo hacía. Agregó que el último recuerdo que tiene es de estar jugando en el casino.
En tanto, una hermana del fallecido relató que compartían en la Playa Grande y que su hermano dijo que iría por allí a hacer sus necesidades y no volvió. Pese a que lo buscaron por el sector no lo encontraron.
Afirmó que no estaba ebrio ya que había bebido una cerveza y un par de vasos de vino ya que al día siguiente tenía una entrevista de trabajo.