Anulan juicio contra conductor ebrio que arrolló a un soldador
Había sido condenado a 5 años y un día de prisión por el fatal accidente.
Redacción
A un nuevo juicio oral deberá ser sometido el ingeniero G.H.R.I., de 33 años, pese a que fue condenado a 5 años y un día de presidio por conducir en estado de ebriedad y ocasionar la muerte del soldador Luis Zambra Beltrán (28) el pasado 10 de enero del 2015 en las cercanías de Hornito.
Esto luego que la Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió el recurso de nulidad presentado en contra la sentencia dictada el pasado 6 de junio pasado por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la ciudad y ordenó la realización de un nuevo juicio oral.
En un fallo unánime la Segunda Sala del tribunal de alzada -integrada por los ministros Dinko Franulic Cetinic, Cristina Araya Pastene y Myriam Urbina Perán- acogió el recurso de nulidad presentado por la defensa de G.H.R.I. contra sentencia que lo condenó a la mencionada pena privativa de libertad.
Sentencia
La sentencia del tribunal de alzada sostiene que se está frente a una situación, en que concurren de forma conjunta infracciones reglamentarias, en que se debe determinar, bajo una fórmula interpretativa, cuál de aquellas es la causalmente relevante. Punto que no aclara la sentencia recurrida, al sostener que, desde el punto de vista causal, tanto el accionar del acusado como de la de la víctima, concurren al resultado fatal.
"Resulta esencial, en la especie, fundamentar sobre la causa basal del accidente, si se considera que el informe del perito de la Sección de Investigación de Accidente en el Transito (Siat), menciona que ambos participantes se encontraban en estado de intemperancia alcohólica e indica como causa basal del accidente que el peatón se expone al riesgo al cruzar la calzada que no tiene paso habilitado o demarcado para cruce de peatones. Bajo estas circunstancias existía un grado de incertidumbre que no fue superado por el tribunal a quo", sostiene el fallo.
La resolución agrega que "para justificar la participación del acusado como autor del delito, el tribunal desestima la opinión del perito de la Siat, señalando en síntesis, que resulta irrelevante que el ofendido transitar, permaneciera o se encontrara recostado en la vía". "(…) cuestiones relevantes de causalidad y responsabilidad no han sido debidamente argumentadas en la sentencia y, consecuentemente, este tribunal debe declarar la nulidad de la misma", concluye.
En su informe la Siat estableció que el fatal accidente fue responsabilidad del peatón que estaba durmiendo en la ruta, pese a que el conductor de la camioneta Dodge Ram transitaba esa madrugada de bajo los efectos del alcohol cuando lo arrolló en la Ruta B-1 con Playa Grande, a la altura del kilómetro 76, en las cercanías de Hornitos.
Antecedentes
El acusado, un ingeniero de profesión y que el día de los hechos manejaba con 2 grados de alcoholemia, tiene antecedentes por conducir en estado de ebriedad el 2008 y 2012, ambas con suspensión de licencia de conducir, y una tercera el 2013 por causar lesiones.
En tanto, la víctima era un soldador, soltero, sin hijos y que tenía domicilio en el sector Bonilla de Antofagasta.
50 metros, a lo menos, de distancia en la vía pública quedó el cuerpo de la víctima desmembrado en dos partes.
La Estrella de Antofagasta