Michael Seguel P.
S i desafortunadamente usted perdió su trabajo, sea por el motivo que sea, tenga en cuenta que no está todo perdido y que puede cobrar el seguro de cesantía.
En el sitio web de los Administradores de Fondos de Cesantía, AFC Chile, se precisa que en este fondo se registran en forma cronológica los abonos, cargos efectuados y los saldos correspondientes del trabajador.
Según el mismo sitio, los principales abonos provienen de las cotizaciones obligatorias mensuales que son aportadas por los trabajadores y empleadores cuando se trate de un contrato indefinido y sólo por los empleadores, en el caso de un contrato a plazo fijo, por obra, servicio o faena.
Tenga ojo, porque los trabajadores independientes no tienen acceso a este beneficio.
¿Cómo cobrar el seguro? La Estrella consultó a expertos para aclarar el paso a paso del proceso.
Presente el finiquito
Gonzalo Canales, ejecutivo de AFC, explica que quienes pueden cobrar el beneficio son personas cesantes que presenten su finiquito, independientemente del motivo del término del contrato.
En el caso de que la persona tenga contrato indefinido, deben haber realizado 12 cotizaciones para cobrar el dinero.
"En el caso que haya tenido contrato a plazo fijo, debe tener por lo menos seis cotizaciones en su cuenta", añade. Quiénes tengan dudas sobre si tienen dinero, pueden revisar su cuenta en el sitio de AFC, y si no aparecen las cotizaciones del empleador, deben presentar la denuncia a la Dirección del Trabajo, o un reclamo en las oficinas de AFC.
Forma de Pago
El dinero del seguro se puede cobrar de distintas formas, realizando primero el trámite en las oficinas de AFC. Si lo quiere en efectivo, debe retirarlo en sucursales Servipag. También se puede depositar en su Cuenta Rut.
"El monto que se entrega depende del dinero disponible en la cuenta y será el 70% del promedio de las últimas 12 cotizaciones cuando es contrato indefinido y seis en el caso de contrato a plazo fijo", dice Canales.
Añade que usted puede retirar dinero de su cuenta hasta 13 veces en un mismo mes, teniendo en cuenta que, para el segundo giro, puede sacar el 55%, para el tercero un 45%; en el cuarto giro el monto corresponde a un 40% y en el quinto un 35% de lo que tenga en su cuenta. Desde el sexto giro en adelante, el monto a retirar corresponderá a un 30%, dependiendo del saldo que quede en su cuenta individual.
No es para siempre
Si es que usted llega a conseguir un nuevo trabajo, será responsabilidad del empleador notificar a la AFC para que se cancele de forma inmediata el pago del seguro.
"En este caso, el saldo de la cuenta se mantiene intacto y comenzará a aumentar con las nuevas cotizaciones que haga usted y el empleador", dice María Fernanda Juppet, abogada de la Universidad San Sebastián (USS).
Es heredable
Además, tenga en cuenta que, en caso de fallecimiento, usted podrá designar sólo a sus familiares directos como "herederos" del saldo que tenga en su cuenta y en la proporción que estime conveniente, o bien el sistema se encargará de repartir el saldo en partes iguales a las personas designadas. Para esto hay dos opciones: puede hacerlo en vida, acercándose a cualquier oficina AFC y presentar certificados de parentesco correspondientes (matrimonio o nacimiento, por ejemplo).
Ojo, los pensionados
Si usted es pensionado, tiene dos opciones: Puede retirar en un solo giro todo el saldo que tenga en su cuenta, o bien traspasar la totalidad o una parte del monto a su cuenta de la AFP.
En el primer caso, debe presentar su cédula de identidad, la última liquidación del pago de su pensión y el Certificado de Pensión o Caja de Previsión.
En el segundo caso, también debe presentar su carnet y el Formulario Solicitud Transferencia Fondos desde Cuenta Individual para Cesantía y copia de la selección "modalidad de pensión".
"El monto que se entrega depende del dinero disponible en la cuenta y será el 70% del promedio de las últimas 12 cotizaciones con contrato indefinido"
Gonzalo Canales,, ejecutivo de AFC Chile"