Redacción - La Estrella de Antofagasta
La Corte de Apelaciones de Antofagasta rechazó un recurso de nulidad presentado por la defensa de José Manuel Rojas Escobar, quien fue condenado el 27 de noviembre del año pasado a presidio perpetuo por el femicidio de Lorena Carrasco, joven madre que fue asesinada en una clínica oftalmológica el 3 de abril de 2017.
En el juicio, el Tribunal valoró la prueba del fiscal Rodrigo Cusó y se estableció que el día de los hechos y tras haber acudido ambos a una mediación por pensión de alimentos por sus hijos de ocho y tres años, la que resultó frustrada, se trasladaron hasta una clínica oftalmológica en calle Condell, lugar de trabajo de Rojas Escobar para continuar conversando.
Es en dicho lugar y tras ocurrir una nueva discusión, el sujeto tomó a Lorena por su cuello, causándole la muerte por una asfixia por estrangulación.
Luego de ello, escondió el cuerpo con bolsas plásticas y lo mantuvo en una pequeña bodega, ubicada en el baño de una de las salas de clínica, para posteriormente participar en un procedimiento oftalmológico.
La defensa solicitó la nulidad invocando como causal, el hecho que en dicha sentencia "se habría incurrido en una errónea aplicación del derecho con influencia sustancial en lo dispositivo del fallo" y refiriéndose de manera específica a la aplicación de las agravantes de alevosía y del abuso de la superioridad de la fuerza del sujeto.
En tanto la Fiscalía, que estuvo representada por la abogada asesora Ximena Torres, solicitó rechazar el recurso presentado por la defensa, señalando que la sentencia hace hincapié en la magnitud del mal causado, en las características de la víctima y la proporción como el medio más eficaz para cometer el crimen.
Otros intervinientes como un abogado por parte de la Intendencia y una querellante particular también solicitaron rechazar el recurso.
De esta forma, el Tribunal determinó que en este caso no se aplica la agravante de alevosía (como inicialmente dictaba la sentencia), pero sí se mantuvo la agravante de abuso de la superioridad de sus fuerzas, atendida la extensión del mal causado, lo "cual no incide en la especificidad del delito".
Por lo tanto, se mantuvo la pena de presidio perpetuo y así se rechazó el recurso de nulidad presentado por la defensa.
30 años tenía Lorena Carrasco, joven madre de dos pequeños; uno de ocho y otro de tres.
3 de abril de 2017 ocurrió el femicidio de la joven, en una clínica oftalmológica de calle Condell.