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Al TC recurso por devolución de ahorros previsionales

Profesora jubilada los pidió a su AFP por estar en una insolvencia que le haría perder su casa.
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Redacción - La Estrella de Antofagasta

Un requerimiento al Tribunal Constitucional (TC) envió la Corte de Apelaciones de Antofagasta, para que establezca, si lo estima admisible, si es constitucional el recurso de protección presentado por una profesora jubilada que solicita a su AFP la devolución de ahorros previsionales.

Según informó el Poder Judicial, la Primera Sala del tribunal de alzada acordó en fallo unánime enviar la consulta al TC para que emita pronunciamiento. "Se formula requerimiento al Tribunal Constitucional para que establezca, si lo estima admisible, la inconstitucionalidad del Decreto Ley 3.500 especialmente sus artículos 23, 34 y 51, en cuanto los fondos de capitalización individual tienen como objeto exclusivo otorgar y administrar beneficios de este decreto ley y son parcialmente inembargables destinados exclusivamente a generar las prestaciones de pensión de vejez, invalidez y sobrevivencia. Además, de los ingresos a las administradores de fondos de pensiones por concepto de prima o aporte de utilidades, en contravención a la Constitución Política de la República en cuanto los atributos inalienables del derecho de propiedad como también el derecho a la seguridad social sobre la garantía del Estado del acceso a todos los habitantes, sin distinción alguna al goce de prestaciones básicas uniformes, sea que se otorguen a través de instituciones públicas o privadas", sostiene el fallo.

Deudas

En este caso, agrega la resolución, "se trata de una profesora que acumuló una cantidad de dinero significativo para responder a sus deudas y hacer una vida normal pero ínfima para los efectos de una pensión al punto que se encuentra en una insolvencia que podría generar la pérdida de su casa. Por otro lado la Constitución Política de la República, en su artículo 19 N° 24 establece el derecho de propiedad sobre toda clase de bienes permitiéndose al legislador establecer el modo de adquirir la propiedad, de usar, gozar y disponer de ella con limitaciones por obligaciones que deriven de su función social que comprende los intereses generales de la Nación, la seguridad nacional, la utilidad y la salubridad pública, como también la conservación del patrimonio ambiental, sin que sea posible ser privado de su propiedad o de alguno de los atributos esenciales del dominio, sino una ley general que autorice la expropiación, lo que constituye una evidente contradicción frente al derecho de propiedad que tiene el trabajador respecto de la capitalización individual cuya regularización no cumple una función social, sino un sistema económico regido por el mercado sin la voluntad del trabajador ni menos su intervención".

La resolución concluye que "su capitalización no puede utilizarla en su propio beneficio para salir de una insolvencia sobreviniente, desconociéndose la obligación establecida en la misma ley, del Estado, en cuanto a generar una pensión mínima, contradicciones que crea el Decreto Ley referido no solo contra el derecho de propiedad sino con la garantía constitucional del N° 18 del mencionado artículo 19 en cuanto la acción del Estado debe estar dirigida a garantizar el acceso de todos los habitantes al goce y prestaciones básicas uniformes, sea que se otorguen a través de instituciones públicas o privadas, permitiendo a la ley establecer cotizaciones obligatorias, pero exigiéndole al Estado que supervigile el adecuado ejercicio del derecho a la seguridad social, lo que evidentemente en este caso no se da".

poder judicial
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la corte de apelaciones envió un requerimiento al tribunal constitucional.
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Guagüita ingresó con graves lesiones al Hospital Regional

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Con lesiones de carácter grave ingresó al Hospital Regional "Dr. Leonardo Guzmán" una lactante de un mes.

El hecho era materia de investigación hasta el cierre de esta edición, desconociéndose las circunstancias en que la guagüita resultó en ese delicado estado.

Según se indicó, hasta el principal recinto asistencial de la región la menor llegó derivada del Hospital "Carlos Cisterna" de Calama y presentaba diversas lesiones en la cabeza, como hematoma y fractura, de carácter grave y que hasta ayer la mantenían en observación.

Del hecho tomó conocimiento personal de Carabineros, la Fiscalía y el Juzgado de Familia, para la medidas de protección necesarias en favor de la pequeña.

archivo
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ingresó al hospital.
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Rescatan a familia que realizaba excursión en la Quebra el Toro

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Querían aprovechar el feriado para realizar trekkinng y la idea fue efectuar una excursión en los cerros de la Quebrada El Toro, en el sector sur de Antofagasta, y sin embargo debieron ser rescatados por el Grupo de Operaciones Especiales (GOPE) de Carabineros.

Esto fue lo que le ocurrió a una familia compuesta por el abuelo, el padre y el hijo de aproxidamente nueve años, los que según la información preliminar dada a conocer por Carabineros, habrían permanecido cerca de una hora sin poder descender por su propia cuenta.

De acuerdo a los antecedentes, los excursionistas al llegar a la Quebrada El Toro habrían accedido a un lugar en altura de tierra y cemento, específicamente a unos contenedores de aguas lluvias, por lo que no pudieron bajar y decidieron llamar al número de emergencias 133 de Carabineros, alrededor de las 13:50 horas.

"Cuando quisieron descender por esta quebrada, pero al llegar a las piscinas aluvionales, por la altura y el riesgo que significaba bajar por ahí, no pudieron hacerlo y tampoco subir, por lo que se quedaron ahí", señaló a La Estrella el capitán Roberto Videla del GOPE Antofagasta.

Es por eso que de inmediato Carabineros comenzó con las maniobras de rescate de los afectados, lugar hasta donde también acudió el personal de Bomberos.

A través de cuerdas y del trabajo especializado, fue posible llegar hasta donde se encontraba la familia para así rescatarla, cuyos integrantes se encontraban sin lesiones.

@carabantof
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durante una hora se exyendieron las labores de rescate.
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