Secciones

@PamJiles

E-mail Compartir

Tribunal Constitucional declara admisible recurso de la profesora de Antofagasta para sacar SU dinero del fondo previsional. Vamos que se puede.


@pasalgadod

Van a agotar todos los trámites, para que despues no se diga nada de una mala tramitación, pero el resultado final ya lo sabemos. El TC sigue siendo el brazo armado de los poderosos en Chile.


@jschaulsohn

Vamos a terminar autorizando el retiro de fondos de las afp para pagar enfermedades y deudas hipotecarias y tendremos un montón de cónyuges sobrevivientes pasando hambre por falta de pension/felices los bancos qué van a recibir su platita/

Tiene que haber una solución mejor

Registra visita

LA HISTORIA DEL CASO Y QUÉ PUEDE PASAR AHORA

E-mail Compartir

Derecho de propiedad o legislación vigente

María Angélica Ojeda interpuso un recurso de protección en contra de AFP Cuprum. El 28 de junio le pidió a la AFP que le devolviera $46.569.000 más incrementos legales, para así pagar el crédito hipotecario. El 1 de julio, dice, Cuprum le niega la petición. El recurso dice que existe garantía constitucional del derecho de propiedad y que la AFP le ha negado disponer de sus fondos, sin permitirle actuar como propietaria de la plata. En la Corte, el abogado de la AFP dice que la legislación impide que los fondos sean entregados para fines distintos.

REACCIONES EN EL MUNDO ECONÓMICO Y POLÍTICO


La Corte de Apelaciones le pregunta al TC

La Corte de Apelaciones señala que la profesora acumuló una cantidad de dinero significativo para enfrentar sus deudas, pero muy poco para una pensión, por lo que puede perder su casa. La Constitución establece el derecho a la propiedad sobre toda clase de bienes, lo que se contradice con el derecho del trabajador respecto de la capitalización individual. Esto, porque su capitalización no puede utilizarla en su propio beneficio para salir de la insolvencia. Por lo mismo, la Corte le pregunta al TC si existe inconstitucionalidad en disposiciones del decreto ley 3.500.


Ahora, el TC dirá si hay inconstitucionalidad

El 24 de septiembre, el TC acoge a tramitación el requerimiento y ayer, se anunció la admisibilidad. El abogado Fidel Castro explica que el requerimiento se declara "admisible" cuando examina ciertos aspectos formales del requerimiento, "que se verifique la gestión pendiente, es decir, que haya un procedimiento aún sin concluir; que la aplicación del precepto pueda resultar decisivo en la resolución de dicha gestión o asunto, que la impugnación esté fundada razonablemente y se cumpla con otros requisitos". El Tribunal dirá si la norma cuestionada es o no contraria la Constitución .

Registra visita

Monckeberg: "Era bastante previsible"

E-mail Compartir

Por la tarde, el ministro Nicolás Monckeberg habló con Tele13 Radio sobre la decisión del Tribunal Constitucional de declarar admisible el requerimiento de inaplicabilidad. "Era bastante previsible", dijo, señalando que la "admisibilidad" es "más bien una evaluación de un cumplimiento de requisitos para presentar un reclamo".

Monckeberg señaló que "eso no significa que el tribunal haya encontrado razón, ahora van al fondo. Esto de ser admisible es decir: 'Oiga, ¿vale la pena estudiar el tema? ¿Se cumplen los requisitos de forma en el ingreso? ¿Todo? Sí, perfecto. Pero en absoluto esto implica una aceptación de la argumentación".

El ministro agregó que no tiene duda que el tribunal ratificará lo que "ha considerado en otros fallos, que la seguridad social establece en Chile que las cotizaciones son obligatorias y son para pensiones, que es lo más importante y que eso es lo que ratifica nuestra Constitución".

Registra visita

Gobierno se abre a que enfermos puedan sacar plata de las AFP

E-mail Compartir

Ayer el ministro de Hacienda, Felipe Larraín, dijo que se estudia que en casos excepcionales, los enfermos terminales puedan sacar plata de las AFP. La subsecretaria de Previsión Social, María José Zaldívar, explicó a Emol que la medida medida sería exclusivamente para ellos. "Lo que estamos viendo es que la tabla de expectativas de vida o la expectativa de vida real de esa persona ya no es la misma que la mayoría de los chilenos y entonces se debe considerar al menos esa nueva realidad".


Profesor de la U. de Chile: "El derecho de propiedad reconoce límites"

El docente del Diplomado de Administración de Riesgos de la F. de Economía y Negocios de la Universidad de Chile, Hugo Caneo, explica que es esperable que los casos llevados al TC debieran rechazarse, "dado que en Chile el derecho de propiedad reconoce límites como ocurre en el DL 3.500, que establece una afectación específica a esos dineros, es decir, son de propiedad privada del afiliado pero para su uso estricto para jubilación y cuota mortuoria si fuera el caso".


Ex subsecretario de Lagos es abogado patrocinante de causa por Cuprum

Jorge Correa Sutil es abogado patrocinante en representación de la AFP Cuprum en el requerimiento que se ve en el Tribunal Constitucional. El abogado demócrata cristiano fue ministro del mismo TC ente 2006 y 2009. También fue secretario de la Comisión Rettig en el gobierno de P. Aylwin y subsecretario del Interior durante el gobierno de R. Lagos. En el documento expuesto al TC, se señala que el requerimiento debía ser declarado inadmisible, "porque carece de fundamento plausible".

Registra visita

TC declaró admisible requerimiento de la Corte sobre los fondos de AFP

Presidente y el Parlamento podrán pronunciarse respecto al conflicto de constitucionalidad. Profesora Ojeda: "Estamos marcando un gran precedente"
E-mail Compartir

Ignacio Araya/Redacción

En resolución unánime, ayer la segunda sala del Tribunal Constitucional declaró admisible el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad que hizo la Corte de Apelaciones de Antofagasta sobre el Decreto Ley 3.500, norma legal que regula las AFP. Esto, en el marco del recurso de protección interpuesto por la profesora María Angélica Ojeda, quien busca retirar plata de su fondo de pensiones para pagar una deuda hipotecaria. De esta forma, el TC discutirá si es aplicable ese decreto, pronunciándose finalmente sobre si hay alguna disposición del mismo que sea inconstitucional.

Ahora, por un espacio de veinte días se podrán pronunciar tanto el Presidente de la República, el Senado y la Cámara de Diputados sobre el conflicto de constitucionalidad expuesto por la Corte de Apelaciones, si es que ellos lo estiman.

La decisión del TC sorprendió en Santiago a la profesora María Angélica, quien anda allá en calidad de dirigenta del Colegio de Profesores, para apoyar a su candidata a la presidencia. "Estamos marcando un gran precedente en Chile", dijo. "Hoy día se abre la esperanza para muchos chilenos de cambiar su situación previsional".

Después de que se jubiló, la docente pasó a tener un sueldo de un millón doscientos, a una pensión mensual que -señaló- alcanza a $185.000. Eso le acompleja para pagar el dividendo de su casa, con una cuota que llega a 212 lucas.

"Estamos marcando un precedente muy importante para miles de pensionados que pueden hacer la misma gestión que yo. Yo creo que se van a llenar los tribunales con esta solicitud porque, de alguna manera, todavía falta porque nosotros entendemos que la Corte de Apelaciones tiene que pronunciarse ahora", comentó la profesora que trabajó en sus últimos años como docente de matemáticas y física en el Liceo Marta Narea de Antofagasta.

EL MERCURIO
EL MERCURIO
la profesora ojeda tiene una jubilación de $185 mil, pero su dividendo es de 212 mil pesos.
Registra visita