Corte prohíbe a Carabineros el uso de balines en marchas pacíficas
En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Antofagasta prohibió a Carabineros el uso de armas letales y balines en manifestaciones pacíficas, en el marco del estallido social. Junto a ello, limitó el uso de bombas lacrimógenas.
Según el vocero (s) de la Corte, ministro Óscar Clavería, se dictaminó que la institución policial y el ministerio "deberán atenerse estrictamente al protocolo dispuesto por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública para la situación actual".
"Esto es abstenerse de usar armas letales, como también balines respecto únicamente de las personas que protesten pacíficamente, limitándose el uso de gases lacrimógenas o cualquier otro método o procedimiento que afecte la integridad física de las personas a las situaciones extremas que lo ameriten", indicó.
El fallo de la Segunda Sala del tribunal de alzada antofagastino dado a conocer esta jornada surgió luego de la presentación de recursos de protección interpuestos contra Carabineros y el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, en cuyo proceso de admisibilidad se determinó la orden de no innovar parcial.
Eso sí, la medida incumbe sólo a la región de Antofagasta y no todo el país.
En tanto, desde la II Zona de Carabineros indicaron que el "mandato de la Corte de Apelaciones ratifica el uso de elementos disuasivos de acuerdo a los protocolos establecidos por Carabineros de Chile para estos hechos. Carabineros no utiliza este tipo de elementos en marchas pacíficas siendo usadas cuando el orden público no está garantizado y las situaciones extremas así lo ameriten".