Arrojó positivo por marihuana y anfetamina
Joven conductor quedó en prisión preventiva tras volcamiento de buggy, en el que murió su hijito de 4 años.
Redacción
Positivo ante el consumo de marihuana y anfetamina dieron los exámenes practicados a C.Y.G., joven que ayer quedó en prisión preventiva tras el accidente que el domingo le costó la vida a su hijito de 4 años.
Según los antecedentes expuestos ante el Juzgado Mixto de Mejillones por la fiscal (S) de esa comuna, Carmen Castillo, los hechos se desencadenaron cerca de las 18.30 horas en el sector de las dunas ubicadas al interior de Playa Las Lagartijas, comuna de Mejillones, cuando el imputado conducía un buggy.
En dicho vehículo iba también su esposa M.C.O.S.(33) , quien viajaba en el asiento delantero derecho llevando en su regazo al hijo en común. Este último salió eyectado al volcar el buggy, falleciendo a causa de un traumatismo encéfalo craneano.
Debido a lo anterior el joven de 35 años fue formalizado por conducción bajo la influencia de las drogas o sustancias sicotrópicas de un vehículo motorizado causando la muerte. Ello, precisó la persecutora, "en base a los antecedentes que se obtuvo, entre ellos el examen toxicológico que arrojó positivo tanto para consumo de marihuana y consumo de anfetamina, además del informe de la SIAT que da cuenta que efectivamente este imputado iba conduciendo un vehículo motorizado el cual volcó, y a raíz de esto salió eyectado el niño, que es hijo del imputado, falleciendo de manera inmediata a raíz del golpe que sufrió".
El Ministerio Público estimó que la libertad del imputado era un peligro para la sociedad, "se esgrimió en base a los antecedentes del informe de la SIAT, la pericia que realizó el Servicio Médico Legal a través del informe de autopsia, de que efectivamente concurren los antecedentes, por lo menos en este estadio procesal, para imputar este delito a la persona", agregó.
El tribunal decretó, además de la medida cautelar, un plazo de 50 días para el cierre de la investigación.
Ley emilia
Castillo afirmó que el delito es uno de los que introdujo la Ley Emilia "y las penas que arriesga van desde 3 años y un día hasta 10 años y el margen que otorga esta norma es un margen rígido, estructurado, que no puede ser menos de 3 años y un día y tampoco puede sobrepasar los 10 años. Y en ese sentido, independientemente de las agravantes o las atenuantes que se puedan invocar cuando sea ya el estadio del juicio, en ese estadio procesal, es que son esas penas las que arriesga, pudiendo comprender toda a esa banda de tiempo".
La fiscal (S) detalló además que el artículo 110 de la Ley de Tránsito prohibe realizar conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, bajo la influencia del alcohol o bajo sustancias sicotrópicas, sin entregar una cantidad determinada de sustancias sicotrópicas que tiene que tener la persona en su cuerpo. Eso por un lado, y el artículo 196 no señala un nexo causal porque es un delito de peligro abstracto, es un delito que señala que la persona, cumpliendo ciertas condiciones, en particular conduciendo un vehículo motorizado sea en estado de ebriedad o bajo la influencia de drogas o sustancias sicotrópicas, si necesariamente está conduciendo y ocurre este desenlance, que en este caso es un desenlace fatal, la pena va a asociada a eso. No es un delito que exija necesariamente un nexo causal, a diferencia de los cuasidelitos", explicó.
El vocero de la Fiscalía Regional, José Troncoso Valdés, añadió en tanto que el joven "registra una anotación pretérita, lo que justamente agrava su condición procesal", por el delito de microtráfico de estupefacientes.
La Estrella de Antofagasta