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Dirección Jurídica informó inhabilidad temporal de la alcaldesa Karen Rojo

La situación fue informada por el abogado de dicha área de la municipalidad al concejo municipal. En tanto, la defensa de la jefa comunal presentará un recurso administrativo para evitar que deje el cargo.
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Redacción - La Estrella

A través de un oficio emanado ayer, la Dirección de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Antofagasta informó al concejo municipal de la inhabilidad temporal de la alcaldesa, Karen Rojo Venegas, para ejercer sus funciones, como consecuencia de la acusación por un supuesto delito de fraude al Fisco que pesa sobre la jefa comunal en el denominado "Caso Main".

El escrito fue firmado por el abogado (s) de dicha área, Cristhian Flores Alvarado, en el cual detalla que ya existía un oficio en donde se ratificaba la misma información, el cual fue presentado por la Dirección de Control de la municipalidad, oficio que fue apelado por la defensa de la alcaldesa.

El director jurídico agrega que pese a no recibirse en esa área ningún documento oficial o notificación de ningún tipo, al revisar el portal web del Poder Judicial, se constata que con fecha 27 de julio de 2020, la jefa de la Unidad de Administración de Causas, Daniela Cárdenas de la Vega, certificó que el auto de apertura de juicio oral dictado con fecha 17 de julio de 2020, en contra de Karen Rojo Venegas, Edgardo Vergara Montt y Héctor Gómez Salazar, se encuentra firme y ejecutoriado.

El abogado Flores añade que "en opinión del suscrito, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 6, 7 y 16 de la Constitución Política de Chile, en el artículo 61 de la Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 18.556, y lo señalado por el Tribunal Constitucional, se ha configurado los requisitos en la normativa vigente que produce la incapacidad temporal de la máxima autoridad comunal".

Además, el director jurídico de la municipalidad señala que "en virtud de lo expuesto, corresponde que se proceda a la brevedad a dictar un acto administrativo, dejando constancia de la incapacidad temporal de doña Karen Rojo Venegas para el ejercicio del cargo de alcalde y se proceda a dar aplicación a lo dispuesto en el artículo 62 de la ley 18.695". Este último indica cómo se elige al alcalde suplente.

Defensa

Por su parte, el abogado de la alcaldesa de Antofagasta, Fidel Castro Allendes, informó que presentarán un recurso administrativo, con el fin de evitar que la jefa comunal deje el cargo mientras dure el proceso judicial en su contra por el "Caso Main".

Según informa Soy Antofagasta, el abogado indicó que "con fecha de hoy, 31 de julio de 2020, y estando en ejercicio de un permiso administrativo, doña Karen Rojo Venegas y su defensa se han enterado por medios de comunicación de la existencia de un oficio emanado de la Dirección Jurídica de la IMA, que señalaría que se encontraría incapacitada temporalmente para el ejercicio del cargo, y luego, de un comunicado (a la opinión pública) de la propia Corporación que estaría ratificando tal criterio".

Agregó que "ya se ha interpuesto un recurso administrativo en contra de la opinión de la Dirección de Asesoría Jurídica, y se está evaluando el ejercicio de otras acciones, dada la circunstancia que doña Karen Rojo Venegas mantiene su derecho a sufragio 'vigente' y por tanto, no concurre el presupuesto esencial para entender que ha operado algún tipo de incapacidad para el ejercicio de su cargo", manifestó Castro.

Caso main

Cabe recordar que la alcaldesa, Karen Rojo Venegas, fue formalizada el 15 de junio de 2018 por el fiscal jefe de Antofagasta, Cristian Aguilar Aranela, por un supuesto delito de fraude al Fisco. Luego agregaría negociación incompatible. Además, fueron formalizados ese año el actual secretario municipal, Héctor Gómez Salazar, el exsecretario ejecutivo de la CMDS, Edgardo Vergara Montt, el consultor José Miguel Izquierdo y Mauro Robles Torres, de la Corporación Cultural de Antofagasta.

Luego de dos años de investigación por este caso, el 12 de junio de 2020, el fiscal jefe, Cristian Aguilar, acusó a la alcaldesa Karen Rojo por los supuestos delitos de fraude al Fisco y negociación incompatible, acusación que también realizó el Consejo de Defensa del Estado (CDE). Además, fueron acusados por un supuesto delito de fraude al Fisco Edgardo Vergara y Héctor Gómez, mientras que José Miguel Izquierdo y Mauro Robles acordaron con la Fiscalía la suspensión condicional del procedimiento.

La acusación señala que se habría utilizado recursos municipales para pagar una asesoría política y comunicacional a la consultora Main, entre octubre de 2015 y marzo de 2016, con miras a las elecciones municipales de 2016.

Tras la acusación, a mediados de julio de este año se realizó la audiencia de preparación de juicio oral, donde los abogados presentaron las pruebas documentales, testimoniales, testigos y peritos que se presentarán en el juicio.

Luego de este proceso, el tribunal fijó para el martes 15 de septiembre la realización del juicio oral. En dicha ocasión, se presentarán 371 pruebas, 173 testigos y 4 peritos.

Incapacidad temporal

Para que se produzca la inhabilidad o incapacidad temporal de un alcalde, se considera el artículo 16 de la Constitución Política de Chile, donde se señala que al estar acusado por un delito que merezca pena aflictiva (más de 3 años y 1 día), la persona ve suspendidos sus derechos ciudadanos, entre ellos el del sufragio. Al tener este derecho suspendido, cae en una causal de inhabilidad para el cargo de acuerdo al artículo 61 de la Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades.

Y para que se suspenda el derecho a sufragio, el Servicio Electoral debe ser informado por un tribunal de justicia, cuando existe un auto de apertura de juicio oral firme y ejecutoriado, el cual fue confirmado el 27 de julio por el Juzgado de Garantía de Antofagasta.

Registro electoral

Una de las posturas que ha sostenido la defensa de la alcaldesa Karen Rojo, para afirmar que ella no está inhabilitada para ejercer su cargo, es que su derecho a sufragio aun está vigente.

Ello, porque el Servicio Electoral publicó el 27 de julio el padrón electoral auditado para el plebiscito constitucional del 25 de octubre, en el cual la alcaldesa sigue figurando con derecho a sufragio.

En un año de elecciones, el Registro Electoral cierra el padrón 140 días antes de la elección (6 de junio), donde figuran las personas que están habilitadas para votar. Como la acusación fue el 12 de junio, el Registro Electoral aún tiene en su padrón a la alcaldesa Karen Rojo.

Una vez publicado el padrón electoral el 27 de julio, cualquier persona puede recurrir al Tribunal Electoral Regional (TER) para solicitar que una persona sea excluida del padrón. Esto fue realizado recién esta semana por el exalcalde de Tocopilla, Fernando San Román, y el exconcejal Eduardo Parraguez. Ante estas solicitudes, el TER debe pronunciarse y determinar si la alcaldesa sale o no del registro. Esta resolución puede ser apelada al Tribunal Calificador de Elecciones (TRICEL).

Es por eso, que la defensa de la alcaldesa sostiene que ella aún tiene su derecho a sufragio vigente, y es lo que está apelando su abogado para impedir que sea inhabilitada temporalmente de su cargo.

Nuevo alcalde

Tras la inhabilitación temporal de un alcalde en ejercicio, la elección de la nueva autoridad comunal se basa en el artículo 62 de la Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades. Indica que en caso de ausencia menor a 45 días, será subrogado por el funcionario que le sigue en jerarquía, mientras que el concejo municipal lo preside el concejal con más votos en la elección de 2016.

En caso que la inhabilitación sea mayor a 45 días, el concejo municipal designa entre uno de sus miembros al alcalde suplente por mayoría absoluta.

Si un concejal no logra mayoría absoluta, se elige luego entre los 2 concejales que obtuvieran las mayorías relativas. Y si tras la nueva votación no hay mayoría absoluta entre los dos postulantes, entonces el alcalde suplente será aquel concejal (entre esos 2) que haya tenido la mayor cantidad de votos en la elección municipal de 2016.

12 de junio la alcaldesa Karen Rojo fue acusada por la Fiscalía por fraude al Fisco y negociación incompatible.

15 se septiembre es el juicio oral. También están acusados Edgardo Vergara y Héctor Gómez.

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Para la dirección jurídica, la alcaldesa está suspendida.
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Rojo: "Ningún tribunal ha dicho que estoy suspendida del cargo"

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La alcaldesa de Antofagasta, Karen Rojo Venegas, quien según su abogado estaba con permiso administrativo, subió un mensaje a Facebook para referirse a lo ocurrido ayer. Manifestó que: "Hay información malintencionada que lleva a confusión y genera una imagen negativa hacia mi persona. Hay un grupo de personas que me quiere sacar del cargo por secretaría y al no tener argumentos de peso hacen un daño a mi imagen. Hay intereses políticos marcados, pero pese a todo lo que hagan, el cariño de mis vecinos es incondicional. No existe ningún tribunal en Chile que diga que estoy suspendida del cargo. Estoy tranquila y vamos a ir a juicio para demostrar mi inocencia dentro del marco legal".

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