Deudores de pensión de alimentos: Al 85% no los encuentran en el domicilio cuando van a arrestarlos
Personas suelen tener un domicilio informado en el Tribunal de Familia, pero después no los ubican ahí, explica abogada experta en el tema. Van casi mil órdenes en lo que va del año en la región. Jueza explica las herramientas legales que existen para exigir la deuda de pensión alimenticia.
Un total de 971 órdenes de arresto se han ejecutado entre enero y julio de este año en la región de Antofagasta por el concepto de no pago de pensiones alimenticias, según informan datos de la Policía de Investigaciones, obtenidos vía Ley de Transparencia.
De estas órdenes, en 143 casos se han obtenido resultados: hay 64 detenciones. En tanto, en 17 ocasiones el imputado canceló la deuda, en tres órdenes el imputado estaba fuera del país y en 56 casos el tribunal dejó la orden sin efecto. Sin embargo, en 828 órdenes la persona no fue encontrada (85% del total).
Esta situación ocurre -según visión de la abogada Begoña Farías, de Grupo Defensa- porque estas personas tienen un domicilio informado en el tribunal y la PDI cumple esta orden en los domicilios que le indican para notificarla, pero en muchas ocasiones no los encuentran. "Pueden hacer una búsqueda de otro domicilio, pero generalmente uno tiene uno, máximo dos domicilios en el sistema", dice.
"Tampoco disponemos en Chile de los recursos adecuados para que esto en definitiva sea persistente en el tiempo, no tenemos policías para que estén haciendo la guardia en la casa, yendo todos los días por las mismas personas (…) Lo que ocurre es que se devuelven estos oficios, que la persona no es habida. Entonces claro, ahí no surge efecto en definitiva esta medida de apremio, pero eso no es culpa de las policías", plantea. "Por eso es que también se busca en reformas legislativas para ver cómo se puede apoyar en mecanismos más eficientes en el cumplimiento de esta deuda".
El incumplimiento es alto en el país, señala la abogada: solo un 16% responde con pagar la pensión. Recientemente, con la retención del 10% de los fondos de la AFP a los deudores de alimentos, se pudo entregar otra herramienta para exigir el pago.
Y además ahora hay otro problema: la pandemia. La abogada Farías cuenta que no se estarían despachando estas órdenes. "Por el tema de la crisis sanitaria, no se pueden disponibilizar estos lugares para que vaya a cumplir el arresto nocturno", señala.
Desde la PDI indicaron que durante el período comprendido entre marzo a la fecha, se han realizado diversas diligencias enfocadas a dar cumplimiento a todos los decretos emanados desde el Tribunal de Familia, y a pesar de las condiciones extraordinarias que se viven en el país, se han tomado medidas sanitarias excepcionales para cumplir a cabalidad lo dispuesto por este Tribunal.
Cómo exigir la deuda
Según datos del Juzgado de Familia de Antofagasta, en la capital regional se han emitido 496 órdenes de arresto nocturno, 6 de arresto total y 328 de arraigo nacional. Leslie Figueroa, jueza y vocera del Juzgado de Familia, explica que cuando el alimentante incumple su obligación de pago, el tribunal que dictó la resolución deberá, a petición de parte o de oficio y sin más trámite, imponer al deudor como medida de apremio, el arresto nocturno entre las 10 de la noche y las 6 de la mañana, hasta por quince días.
La medida, señala la jueza, se puede repetir hasta que se pague toda la deuda. Y si aún así no se cumple, después de dos períodos de arresto nocturno, el juez puede apremiarlo con arresto total hasta por quince días, aunque estos apremios no son sanción. "Cumplir con las órdenes de arresto nocturno o completo no constituyen el pago de la deuda por pensión de alimentos", dice Figueroa.
Además, se puede retener la devolución anual del impuesto a la renta o la licencia de conducir hasta por seis meses. Hay otras sanciones cuando ya se decretaron muchos apremios en contra de quien debe alimentos, como que los hijos puedan salir del país sin autorización del padre deudor, o, como última medida, el procedimiento ejecutivo, para establecer la existencia de la deuda y pedir el embargo de bienes.
La abogada Begoña Farías, en tanto, dice que hay que informarse y tomar conocimiento de qué herramientas tiene la ley para hacer efectivo el pago de estas deudas. "Siempre es bueno buscar una asesoría profesional, porque cada persona tiene una situación distinta a nivel familiar".
2.036 órdenes de arresto fueron emitidas durante 2019 en la región, según datos de la PDI.
3 en tres ocasiones durante este año, el imputado se encontraba fuera del país.

