Llaman a respetar feriados obligatorios e irrenunciables
El 18 y 19 de septiembre es feriado irrenunciable por lo que el comercio no funcionará.
Fabiola Vega M. / Redacción - La Estrella de Antofagasta
Este domingo 18 y lunes 19 de septiembre es feriado irrenunciable por lo que las autoridades hicieron un llamado a los empleadores a respetar estas fechas.
Es así que el doble feriado deberá comenzar a las 21:00 horas del día sábado 17 de septiembre y finalizar a las 06:00 horas del martes 20 de septiembre.
"Es importante tener presente que ningún trabajador y trabajadora del comercio podrá laborar más allá de dichos topes horarios, ya sea por aplicación de la jornada ordinaria o extraordinaria que hubieren convenido. Queremos que disfruten como merecen junto a sus familias estas Fiestas Patrias", fijo la seremi del Trabajo, Camila Cortés.
Por otra parte, la seremi también indicó que esta medida aplica a los trabajadores que se desempeñan en las denominadas "tiendas de conveniencia" que funcionan adosadas a los servicentros, en la medida que la actividad que estas realicen se limite a la venta de productos y mercaderías y no alimentos preparados allí mismo.
Además, este viernes 16 de septiembre es feriado legal pero no irrenunciable, por lo que el comercio de todo tipo si puede funcionar.
Según indicaron desde la Seremi de Trabajo, están exceptuados de este feriado los trabajadores y trabajadoras que se desempeñan en clubes, restaurantes, establecimientos de entretenimiento, tales como cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub, cabarets, locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos.
Esto también corre para quienes laboran en casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados, farmacias de urgencias y de turno definidas por la autoridad, expendios combustibles y las llamadas "tiendas de conveniencia" adosadas a los servicentros si venden alimentos preparados allí mismo.
Como compensación para los trabajadores del comercio excluidos del feriado obligatorio e irrenunciable, está vigente una norma que señala que tendrán derecho a tomar descanso en los días feriados (en este caso 18 y 19 de septiembre) a lo menos una vez cada dos años si continúan contratados por el mismo empleador.
Multas
Los empleadores que no respeten los feriados obligatorios e irrenunciables y el descanso alternado serán sancionados con multas de 5 UTM ($297.975) por cada trabajador afectado si tuviere hasta 49 trabajadores; 10 UTM ($595.950) si los contratados son entre 50 y 199 y de 20 UTM ($1.191.900) si la empresa cuenta con más de 200 trabajadores.
Recordar que estas multas son por cada trabajador sorprendido en infracción. Aparte de la multa, los empleadores sorprendidos con trabajadores y trabajadoras laborando deberán cesar sus funciones de forma inmediata, hacerlos salir de los locales y bajar las cortinas.
Si a un trabajador o trabajadora no se le respetan los feriados, puede hacer la denuncia en el sitio www.direcciondeltrabajo.cl o llamar al teléfono 600 450 4000.
18 y 19 de septiembre son feriados irrenunciables y el 16 de septiembre es feriado legal, por lo que el comercio funcionará.

