(viene de la página anterior)
que esto se debe al "objeto de resolver una petición de la defensa, es que el Tribunal de Rotterdam ha requerido al Estado de Chile que precise si la conducta del delito de fraude al Fisco está incluido o no en el catálogo de delitos previstos en el artículo 17 de la Convención de las Naciones Unidas para el combate de corrupción, el cual ha sido ratificado tanto por Países Bajos como Chile, otorgando un plazo de tres meses para evacuar la consulta".
En tanto, el Tribunal decidió mantener en prisión preventiva a Karen Rojo, medida que está cumpliendo en la Cárcel de Mujeres de Utrecht. De acuerdo a los antecedentes, la exseremi de Salud habría solicitado en septiembre pasado salir del régimen de presidio, lo que fue desestimado.
Solictud
Troncoso explicó que la base de lo argumentado por la defensa se centra en que en dicho artículo 17 de la Convención de las Naciones Unidas contra la corrupción, de forma específica no estaría explícito el delito "fraude al Fisco".
"Refiere a una cuestión de derecho más que de hecho. Es algo que ha promovido la defensa de Karen Rojo en la cual postula que el delito de fraude al Fisco, lo cual está ejecutoriado y de eso no hay duda (ya que fue condenada), sin embargo, es sobre si estaría o no contemplado en el artículo 17 de este tratado internacional que emplea palabras más genéricas para abordar todo el catálogo de delitos de corrupción. No contiene las palabras 'fraude al Fisco'", detalló el vocero de la Fiscalía Regional de Antofagasta.
De esta forma y dado que en los próximos tres meses se pronunciará nuevamente el tribunal europeo con el fallo, sería exactamente un año después desde que Karen Rojo dejó el país.
Hay que recordar que tras haber viajado hasta Países Bajos en busca principalmente de asilo porque consideraría haber sido víctima de persecución política, se mantuvo por 112 días como prófuga de la justicia hasta que finalmente fue capturada.
Esto abre otra arista en el caso, enfocada en el tiempo en que Karen Rojo permanece en la cárcel de Utrencht.
Teniendo en cuenta que su caso recién tendrá novedades en marzo de 2023, eso significa que la exedil para ese entonces ya habrá cumplido cerca de ocho meses de prisión, lo que también podría ser utilizado por la defensa para descontarlo de los cinco años por los que fue condenada, si es que el Tribunal finalmente decide extraditarla.
Al respecto, Troncoso explicó que "en la medida que la exalcaldesa sea entregada a la justicia nacional, la defensa puede pedir que todo ese plazo sea computado a la pena de cinco años y un día en nuestro país".
Por lo tanto, en la lógica jurídica y a su eventual regreso a Chile, la exedil debería cumplir con la diferencia de la pena: es decir, aproximadamente cuatro años y cuatro meses de prisión, aunque también hay que recordar que su abogado Daniel Mackinnon ya había adelantado que si se decide la extradición entonces apelará a la decisión, lo que extenderá el tiempo en que la exedil permanecerá en Países Bajos.
"Esa es la lógica jurídica (el que al regreso tenga que cumplir cuatro años de cárcel y no cinco), pero insisto (que está condicionado) a que ocurran varios eventos: acojan la extradición, traslado, solicitud de defensa, audiencia, resolución de Juez, eventual recurso, etcétera".
Posteriormente, en entrevista con CNN, José Troncoso también realizó una autocrítica y señaló que: "El fiscal de la causa (Christian Aguilar), en el período de investigación, había solicitado el arraigo como medida cautelar proporcional, el Tribunal de Garantía la concedió, pero la Corte de Apelaciones la revocó y no fue solicitada nuevamente. Antes de que la excelentísima Corte Suprema notifique el fallo fiscal, el cual se hacía cargo de los cuestionamientos que hacía la defensa de Karen Rojo, ella se fuga. La Corte de Apelaciones de Antofagasta estimó que no había un riesgo de fuga. Los casos de fuga en la región no van más allá de 10, son casos excepcionales, no constituyen la regla general", añadiendo que "siempre hay un proceso de aprendizaje institucional".
"...Es sobre si estaría o no contemplado en el tratado internacional, (el cual) no contiene las palabras 'fraude al Fisco'"
José Troncoso respecto ala base de la el por qué el Tribunal aplazó el fallo, basado en un tratado de la ONU contra la corrupción.