El plazo vence el próximo miércoles 6 de noviembre.
Los beneficiarios fueron más de 24 mil personas, de un total de casi 25 mil.
Podrán solicitarlo los integrantes de hogares que al 1 de octubre de 2024 se encuentren en el tramo de menores ingresos y mayor vulnerabilidad correspondiente al 0%-40%, según la Calificación Socioeconómica del Registro Social de Hogares. Además, deben ser clientes residenciales, tanto arrendatarios como propietarios, y encontrarse al día en el pago de las cuentas de electricidad.
Cuántas personas fueron favorecidas en la región en el primer llamado? ¿Quiénes pueden solicitar el beneficio en este llamado? ¿Dónde debo realizar el trámite?
Las personas pueden postular con su Clave Única en la página web www.subsidioelectrico.cl, o de manera presencial sin Clave Única en cualquier oficina de IPS Chile Atiende.
Este segundo proceso contempla un aumento del monto, que se define según el número de integrantes de los hogares beneficiados. Esa cifra se dividirá en seis y se pagará directamente en la boleta de manera mensual, entre enero y junio de 2025.
En esta ocasión, los montos del subsidio eléctrico serán:
Hogares de un integrante: $39.807
Hogares de 2 a 3 integrantes: $51.749
Hogares de 4 o más integrantes: $71.652
Todas las personas electrodependientes que se encuentren en el Registro de Personas electrodependientes y en el Registro Social de Hogares (RSH) , independiente de su tramo de calificación socioeconómica, podrán solicitar el beneficio del subsidio eléctrico en www.subsidioelectrico.cl.
¿A cuánto llega el monto del subsidio? ¿Puedo postular si soy electrodependiente, pero no pertenezco al 40% más vulnerable del RSH?
Las personas electrodependientes no son consideradas como morosas, ya que la condición de morosidad requiere que exista orden de corte. Por lo tanto, sí puede postular.
La solicitud del beneficio no está sujeta a la propiedad de los inmuebles. Por tanto, podrán solicitar el subsidio eléctrico quienes estén haciendo uso del inmueble en la actualidad, es decir, propietarios o arrendatarios.
Las personas deberán pertenecer al 40% más vulnerable del Registro Social de Hogares (RSH) al 1 de octubre.
Sí, las personas pueden solicitar el beneficio si están morosas. No obstante, al 21 de noviembre de 2024 deben estar al día en la cuenta o contar con un convenio de pago.
Si soy persona electrodependiente y tengo deuda, ¿puedo postular? ¿Puedo solicitar el beneficio si soy arrendatario?
¿Cuál es la fecha de corte del Registro Social de Hogares para este segundo proceso? ¿Puedo solicitar el beneficio si es que estoy moroso?