¿CóMO SE PIDE EL PERMISO TEMPORAL INDIVIDUAL?
Hay que meterse a comisariavirtual.cl, entrar con la clave única o utilizando el RUT y el número de serie (o verificador) del carnet de identidad.
¿QUÉ RESTRICCIONES TIENE EL PERMISO TEMPORAL?
Solo lo puede pedir quien lo va a usar. Son permisos temporales, únicos e intransferibles, y pierden su vigencia cuando se termina el plazo. La actividad se puede hacer en compañía de otra persona en caso de personas con discapacidad o adultos mayores no valentes.
¿CUaNTOS PERMISOS TEMPORALES PUEDO PEDIR?
Solo se pueden pedir cinco permisos individuales a la semana, y su vigencia parte 15 minutos después de solicitarlo en la comisaría virtual. No pueden ser usados como salvoconducto cuando se decreta el toque de queda.
¿EN QUÉ CASOS PUEDO PEDIR UN PERMISO TEMPORAL?
Para ir a los centros de salud por una hora concertada con anterioridad (12 horas), asistir a farmacias, supermercados o lugares de venta de insumos básicos (3 horas), salida de persona con trastorno del espectro autista u otro tipo de discapacidad mental (2 horas), pasear a mascotas o animales, con desplazamiento de dos cuadras a la redonda (30 minutos), pago de servicios básicos, cobros de pensiones, subsidios o beneficios estatales, seguros de cesantía o gestiones bancarias (solo se puede pedir de lunes a viernes, por 3 horas).
En el caso de los pensionados que tienen que ir a los centros de pago para cobrar su pensión, basta con el comprobante de cobro y su respectivo carnet de identidad.
En tanto, también hay permisos para asistir a funerales de familiares directos (5 horas de libre tránsito en la misma región y 24 si es en otra), retiro de alimentos o testos para fines escolares (5 horas), comparencia a una citación, llevar alimentos, medicamentos o artículos de primera necesidad a adultos mayores (2 horas), llevar a recintos penitenciarios alimentos, medicamentos o artículos de primera necesidad (3 horas), traslado de niños, niñas o adolescentes (2 horas), cambio de domicilio o mudanza (24 horas), traslado o permanencia del padre, madre o tutor a establecimientos de salud (3 horas máximo dos veces a la semana), y otros casos que estén calificados como urgentes.
¿PUEDEN FUNCIONAR LAS FERIAS LIBRES DURANTE LA CUARENTENA?
Sí, pero solo con atención de dueños de patente, la patente y cédula de identidad.
¿SE PUEDE SALIR DEL CORDÓN SANITARIO?
Solo se puede entrar y salir del cordón para trámites funerarios y tratamiento médico.
¿QUÉ SERVICIOS ESENCIALES PUEDEN FUNCIONAR?
El servicio esencial se refiere a la cadena de abastecimiento de alimentos e insumos básicos. Por ello, se autoriza el tránsito posterior a permiso de circulación para:
-Servicios de alimentos y comercio esencial, como supermercados, panaderías, mercados, centros de abastecimiento y distribución.
-Almacenes de barrio, solo atendidos por sus propietarios.
-Empresas de agro alimentos y productores silvoagropecuarios.
-Sector público, en el marco del cumplimiento de funciones, incluyendo municipalidades.
-Transporte público.
-Seguridad: conserjes y funcionarios de seguridad, edificios, condominios.
-Educación: asistentes de la educación, docentes en turnos éticos y personal para soporte y mantenimiento.
-Salud: profesionales de la salud, laboratorios privados y públicos. Personal de farmacias, servicios veterinarios, cuidado de niños.
-Utilidad pública: Aeropuertos, suministros de energía, agua, combustibles, servicios fúnebres, isapres, AFP, personal para construcción y mantención de infraestructura pública.